ECHAR CUENTAS

       libros de cuentas

 Eso de echar cuentas es una expresión muy nuestra, quiere decir: analizar los datos numéricos de un problema para hacerse una idea exacta de la situación y tomar las decisiones oportunas.

Hay un tema en el que es conveniente “echar cuentas” antes de emitir un juicio o proponer soluciones irrealizables, me refiero a la atención que reciben las hermandades de los órganos diocesanos encargados de asesorarlas y supervisarlas.

Unos cuantos números pueden ayudarnos a centrar la cuestión. En la Archidiócesis de Sevilla hay más de 700 hermandades, entre Gloria, Penitencia y Sacramentales. Como la mayoría celebran elecciones cada cuatro años, eso quiere decir que cada año se celebran unas 175 elecciones.

Teniendo en cuenta que en verano no se suelen convocar elecciones nos quedan, siendo optimistas, unos diez  meses hábiles para celebrarlas. Esto supone que cada uno de esos meses se celebran unas 17 elecciones.  Suponiendo que el número de miembros de una  junta de gobierno es de 18 hermanos, por término medio, cada mes llegan a “Palacio”, como mínimo, los expedientes de 188 candidatos a integrarse en una junta de gobierno. En muchos casos hay dos candidaturas, con lo que esa cifra puede aumentar.

Todos esos candidatos han de cumplir una serie de requisitos establecidos en las Normas Diocesanas (artículos 32º y 33º). Algunos  son  objetivos: tener 18 años,  estar bautizado o no desempeñar cargos públicos electivos o ejecutivos; pero hay otros cuya evaluación es muy subjetiva: “Distinguirse por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica” (art. 32.1) o, la más controvertida actualmente,  aportar “Declaración jurada de encontrarse en situación familiar regular” (art. 32.4). El concepto de qué es una situación familiar regular o irregular queda a criterio del firmante de la declaración.

Se podría argumentar que para eso  Director Espiritual de la hermandad tiene que emitir un informe de idoneidad de cada candidato;  pero es delicado emitir y firmar  un juicio de valor  sobre la vida cristiana de un candidato o sobre su situación familiar cuando ésta no es pública. En algún caso podría incluso entrar en colisión con su obligada discreción sacerdotal o el secreto de  confesión.  Este trámite lo suelen resolver los directores espirituales con fórmulas de compromiso como “no me consta falta  de idoneidad” o algo así. En definitiva: todos los candidatos  han de darse por buenos, salvo que haya una denuncia fundamentada y probada sobre alguno.

También el desarrollo del proceso electoral recogido  en la Normas Diocesanas, minucioso y complejo,  ha de ser rigurosamente cumplido por la hermandad y verificado por la autoridad diocesana.

Esto sólo en lo que se  refiere a  procesos electorales;  pero además esas setecientas hermandades presentan cada día problemas, consultas o solicitudes que han de ser atendidas, por no hablar de la revisión minuciosa de Reglas antes de ser aprobadas definitivamente.

Para atender estas tareas sólo hay  por dos responsables: el Delegado Diocesano para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías  y el Delegado Diocesano de Hermandades y Cofradías, que además no tienen dedicación exclusiva, han de compatibilizarla con la atención a sus parroquias u otros encargos pastorales. El apoyo administrativo de que disponen es mínimo.

La solución más inmediata parece que sería  reforzar esas delegaciones diocesanas con más sacerdotes, pero la escasez de vocaciones la hace imposible.  No  hay curas suficientes y con los que hay se tienen que atender todos los frentes.

Pues estos son los datos, a partir de aquí se trata de buscar soluciones realistas que resuelvan o mitiguen el problema, lo demás son las opiniones de quienes piensan que “¡Esto lo arreglo yo en diez minutos!”

 

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