Normas y Reglas

P.- Según tengo entendido las nuevas Normas Diocesanas, que entraron en vigor el 15 de agosto ya son de obligado cumplimiento. En nuestra Hermandad surgen algunas dudas: ¿tenemos que seguir nuestras Reglas, aprobadas en su día por Palacio, o tenemos que saltarnos las Reglas y cumplir la nuevas Normas? Por otra parte  ¿debemos modificar las Reglas para adaptarlas a las Normas?, si eso es así ¿qué hacemos hasta que esas Reglas modificadas se aprueben?

R.- En realidad las Normas promulgadas en agosto no contienen novedades importantes que afecten a la vida ordinaria de las Hermandades, ésta no se ve apenas afectada. La única novedad que se me ocurre puede afectar al normal desarrollo de la actividad de la Hermandad es  la obligación de nombrar una Comisión Electoral en las elecciones. Quizá alguna más relativa a las votaciones y a los procedimientos sancionadores.

No obstante, a la primera pregunta he de decirle que, efectivamente,  si hay contradicción entre las Reglas y las Normas, debe atenderse a las Normas.

A la segunda pregunta, sobre si hay que adaptar las Reglas a las Normas, he de decirle que sí hay que proceder a esa adaptación. Eso supone una modificación de las Reglas con todos sus formalismos: convocatoria de Cabildo General Extraordinario, aprobación de las modificaciones  y envío de la nuevas Reglas modificadas a la Delegación de Asuntos Jurídicos para su aprobación definitiva. Mientras tanto, como le he dicho anteriormente, en caso de contradicción entre Reglas y Normas habrá que estar a lo que digan las Normas, ya que es un disposición de rango superior a las Reglas.

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